“Protocolo de Protección al Migrante” y el Título 42
octubre 5, 2021El secretario de Seguridad Nacional de Estados Unidos emitió este jueves nuevos lineamientos para el procesamiento y deportación de inmigrantes indocumentados, el cual establece que el solo hecho de entrar ilegalmente al país no es motivo de deportación.
Por el momento la frontera terrestre con los Estados Unidos permanece cerrada bajo el denominado Título 42 a causa de la emergencia por la pandemia de la COVID-19.
En marzo de 2020, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos (CDC por sus siglas en inglés) emitieron una orden bajo el Título 42, por la pandemia de COVID-19, que prohíbe la entrada al país de personas sin autorización, ya sean personas migrantes o solicitantes de asilo.
Bajo el Título 42 las personas extranjeras que ingresen o traten de ingresar a Estados Unidos por vía terrestre, son devueltas inmediatamente al país por el cual ingresaron, o sea a México, y si eso no es posible, son devueltas a su país de origen. Estas medidas se aplican en los puentes o cruces oficiales como en los cruces irregulares.
Ten en cuenta que, por ahora el Gobierno de los Estados Unidos está permitiendo el ingreso a su país solo a las personas que se encuentran con casos MPP activos, para que puedan continuar con sus procedimientos de inmigración.
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